miércoles, 2 de diciembre de 2009

TRÁFICO: Tribunal Constitucional. Influencia de ingesta de alcohol en conducción (I)



TRÁFICO: Tribunal Constitucional. (26-2-2007)

TC 26-2-2007 Condenado por indicios sobre la influencia de ingesta de alcohol en conducción de vehículo. Se negó a la prueba “quien no es capaz de controlar su deambulación, difícilmente va a poder controlar una actividad más compleja como lo es la conducción de un vehículo a motor”

RESUMEN

Elemento del tipo que la Audiencia Provincial ha estimado acreditado a partir de los signos externos que los agentes intervinientes apreciaron en el conductor, descritos en el atestado y ratificados en el acto del juicio.

De aquellos signos externos -pupilas dilatadas, olor a alcohol y andar vacilante-, unidos a la negativa del demandante de amparo a practicar la prueba de alcoholemia, infiere la Sala la afectación de las facultades psicofísicas y de los reflejos del demandante de amparo para la conducción, pues -se razona en la Sentencia- “quien no es capaz de controlar su deambulación, difícilmente va a poder controlar una actividad más compleja como lo es la conducción de un vehículo a motor” (fundamento de Derecho primero).



El TC rechaza las alegadas lesiones de los derechos del recurrente a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de acceso al recurso penal, a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia frente a las resoluciones que inadmitieron su adhesión a la apelación y le condenaron por un delito contra la seguridad en el tráfico. La Sala afirma, entre otras consideraciones, que la inferencia que alcanzó el órgano judicial sobre la afectación de sus facultades psicofísicas para la conducción no resulta irrazonable pues se apoya en datos concluyentes de los que se puede concluir tal afectación, como son el olor a alcohol del recurrente, las pupilas dilatadas y el andar vacilante junto con la negativa a practicar la prueba de alcoholemia.

En el recurso de amparo núm. 1335-2005, promovido por D. Ignacio, representado por el Procurador de los Tribunales D. Ernesto García Lozano Martín y asistido por el Letrado D. Manuel Laguna Barnes, contra la Sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid núm. 32/2005, de 25 de enero, recaída en recurso de apelación núm. 19-2005, interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 17 de Madrid núm. 313/2004, de 15 de septiembre, en el juicio oral núm. 112-2004, por presuntos delitos contra la seguridad del tráfico y desobediencia. Ha comparecido y formulado alegaciones el Ministerio Fiscal.

Ha actuado como Ponente el Magistrado D. Vicente Conde Martín de Hijas, quien expresa el parecer de la Sala.

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